Criterios de Elegibilidad y Cotización Mínima

El acceso a la prestación contributiva está estrictamente condicionado al cumplimiento acumulativo de dos requisitos fundamentales:
- Periodo de carencia (Cotización): Es imperativo acreditar un mínimo de 360 días cotizados por contingencias de desempleo dentro de los últimos 6 años anteriores a la situación legal de desempleo. Cotizaciones inferiores a este umbral inhabilitan la prestación contributiva, derivando generalmente al trabajador hacia regímenes asistenciales (subsidios).
- Situación Legal de Desempleo (Involuntariedad): El ordenamiento jurídico exige que el cese de la actividad no sea imputable a la voluntad unilateral del trabajador. Por tanto, proceden supuestos como despidos (objetivos, disciplinarios declarados improcedentes, o colectivos) y finalizaciones de contratos de duración determinada. La baja voluntaria no genera derecho a prestación, salvo contadas excepciones contempladas en el Estatuto de los Trabajadores (art. 50 ET).
