Despido improcedente

Finiquito por despido improcedente

Si tu despido es declarado improcedente, te corresponde una indemnización de 33 días por año trabajado, además del finiquito ordinario. Te explicamos cómo calcularlo paso a paso con la normativa actualizada a 2026.

Actualizado: enero de 2026 · Revisado por nuestro equipo legal

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1 de enero de 2026

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Equipo laboralista FiniquitoCalculadora

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BOE · SEPE · AEAT

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  • 33 días de salario por año trabajado (45 días antes del 12/02/2012).
  • Tope máximo de 24 mensualidades.
  • Exenta de IRPF hasta 180.000 €.
  • Plazo para impugnar: 20 días hábiles desde la notificación.

¿Qué es un despido improcedente?

Un despido es improcedente cuando el empresario no acredita la causa alegada o no cumple los requisitos formales (carta de despido, plazo, motivos). Lo declara el juez tras la papeleta de conciliación o la demanda en el SMAC. La empresa puede entonces optar entre readmitir al trabajador o pagar la indemnización legal.

Cálculo de la indemnización (fórmula 2026)

La fórmula es: (salario diario × 33 × años trabajados), con la parte proporcional para fracciones de año. Para contratos firmados antes del 12 de febrero de 2012 se aplica un cálculo dual: 45 días/año hasta esa fecha y 33 días/año desde entonces.

Ejemplo: trabajador con salario bruto anual de 30.000 € (incluyendo prorrata de pagas) y 5 años de antigüedad. Salario diario = 82,19 €. Indemnización = 82,19 × 33 × 5 = 13.561 € aproximadamente.

¿Y el finiquito ordinario?

Además de la indemnización, la empresa debe abonarte el finiquito: salario pendiente del mes, vacaciones no disfrutadas y la parte proporcional de las pagas extras (si no estaban prorrateadas). Usa nuestra calculadora de finiquito para esa parte.

Tributación y plazos

La indemnización por despido improcedente está exenta de IRPF hasta el límite de 180.000 €. El finiquito ordinario sí tributa con normalidad. Tienes 20 días hábiles para impugnar el despido y 1 año para reclamar el finiquito.

Procedimiento paso a paso si te despiden

1. Recibe la carta de despido. Debe estar por escrito, indicar fecha y motivos. Sin carta o con motivos genéricos, ya hay un primer indicio de improcedencia.

2. Firma siempre con "no conforme". Si firmas el finiquito sin esta coletilla, será mucho más difícil reclamar después.

3. Presenta papeleta de conciliación en el SMAC dentro de los 20 días hábiles siguientes (no cuentan sábados, domingos ni festivos).

4. Si no hay acuerdo, demanda en el Juzgado de lo Social. El plazo de 20 días se reanuda al día siguiente del intento de conciliación.

5. Sentencia. Si declara improcedente, la empresa elige entre readmitirte (con salarios de tramitación) o pagar la indemnización.

Errores frecuentes que arruinan la reclamación

  • Firmar el finiquito como "recibido" sin añadir "no conforme".
  • Dejar pasar el plazo de 20 días hábiles.
  • Aceptar verbalmente una reducción de la indemnización.
  • No conservar la carta de despido ni copia del finiquito.
  • No solicitar el certificado de empresa para tramitar el paro.

Indemnización por despido improcedente según antigüedad

AntigüedadSalario bruto anual 25.000 €30.000 €40.000 €
1 año2.260 €2.712 €3.616 €
3 años6.781 €8.137 €10.849 €
5 años11.301 €13.561 €18.082 €
10 años22.603 €27.123 €36.164 €
15 años33.904 €40.685 €54.246 €
20 años (tope 24 meses)50.000 €60.000 €80.000 €

Cálculo orientativo: 33 días/año sobre salario diario (bruto anual ÷ 365). Para contratos previos al 12/02/2012 se aplica cálculo dual (45 días/año hasta esa fecha).

Caso real: María, 5 años de antigüedad

Administrativa con salario bruto anual de 28.000 € (incluyendo prorrata de pagas), despedida y declarada improcedente por sentencia.

  1. 1
    Salario diario
    28.000 € ÷ 365 = 76,71 €
  2. 2
    Días por antigüedad
    33 días × 5 años = 165 días
  3. 3
    Indemnización
    76,71 € × 165 = 12.658 €
  4. 4
    Finiquito ordinario
    Salario pendiente + vacaciones + pagas: ≈ 1.450 €

Total a percibir: 14.108 € (exento de IRPF al estar muy por debajo de los 180.000 €).

💡 Aprendizaje: Si María hubiera firmado el finiquito como 'conforme' la primera vez, habría perdido la indemnización de 12.658 €.

Fuentes legales

Preguntas frecuentes

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