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Calculadora de indemnización por despido

Calcula al instante la indemnización que te corresponde según el tipo de despido, tu antigüedad y tu salario. Actualizado a la normativa de 2026.

Calculadora de Indemnización por Despido

Calcula tu indemnización según tipo de despido, antigüedad y salario.

€

El sueldo bruto de tu nómina con todos los complementos fijos (antigüedad, plus de convenio, peligrosidad…), sin las pagas extra. Si te dejas un complemento, la indemnización sale más baja de lo que es.

El salario diario se calcula como (salario mensual × (12 + nº de pagas extra)) ÷ 365. La antigüedad se cuenta por meses, y el mes empezado cuenta entero. Si entraste antes del 12 de febrero de 2012, ese tiempo va a 45 días por año y el resto a 33.

El mismo importe en las 52 provincias. La indemnización por despido la fija el Estatuto de los Trabajadores, que es una ley estatal: 33 días por año en el despido improcedente, 20 en el objetivo y 12 al terminar un contrato temporal, con los mismos topes en toda España. Lo que cambia según dónde trabajes es el juzgado de lo social al que irías y el organismo donde se presenta la papeleta de conciliación, no el dinero.

Actualizado

26 de agosto de 2026

Según

Estatuto de los Trabajadores y LGSS

Fuentes

BOE · SEPE · AEAT

Privacidad

Sin registro

Días de indemnización según el tipo de despido

La cifra que te corresponde no depende de lo que la empresa quiera pagar, sino de la calificación legal de la extinción. Esta es la tabla que aplica el Estatuto de los Trabajadores en 2026:

Tipo de extinciónDías por añoTope
Despido improcedente33 días24 mensualidades
Despido objetivo20 días12 mensualidades
ERE / despido colectivo20 días (mínimo)12 mensualidades
Fin de contrato temporal12 díasSin tope
Despido disciplinario procedente0 días—
Baja voluntaria0 días—

Fuente: arts. 53, 56 y 49.1.c del Estatuto de los Trabajadores.

En un ERE los 20 días son un mínimo legal: el periodo de consultas puede mejorar esa cifra, y en muchos acuerdos se pactan 25, 30 o 33 días por año. Si te han incluido en un ERE, comprueba siempre el acuerdo firmado antes de aceptar la cantidad.

Fórmula del cálculo paso a paso

El cálculo tiene tres pasos y siempre es el mismo, cambie el tipo de despido que cambie:

  1. Calcula el salario diario. Suma tu salario bruto anual incluyendo la prorrata de las pagas extra y divídelo entre 365. Este es el error más frecuente: mucha gente usa el salario mensual del recibo y se deja fuera las pagas extra, lo que reduce la indemnización de forma notable.
  2. Calcula la antigüedad en años. Desde la fecha de alta hasta la fecha de efectos del despido. Los periodos inferiores al año se prorratean por meses.
  3. Multiplica. Salario diario × días por año × años de antigüedad. Después comprueba que el resultado no supere el tope en mensualidades.

Indemnización = (Salario bruto anual ÷ 365) × días/año × años trabajados

Si has encadenado contratos sin interrupción significativa, la antigüedad se cuenta desde el primer contrato, no desde el último. Es una de las diferencias que más dinero mueve y una de las que más se pasan por alto.

Topes legales que limitan tu indemnización

Por muchos años que lleves en la empresa, la indemnización no crece de forma ilimitada. El tope se expresa en mensualidades de salario, no en euros:

  • Despido improcedente: 24 mensualidades. Se alcanza aproximadamente a los 22 años de antigüedad con el módulo de 33 días.
  • Despido objetivo: 12 mensualidades. Se alcanza en torno a los 18 años con el módulo de 20 días.
  • Antigüedad anterior al 12-2-2012: si el tramo antiguo, a 45 días, ya da más de 720 días de salario, el tope es lo que dé ese tramo, sin pasar de 42 mensualidades (1.260 días). Si no, el tope sigue siendo 720 días.

La calculadora aplica estos topes automáticamente, así que el resultado que ves ya es la cantidad máxima legal, no una cifra teórica.

El caso especial de la antigüedad anterior a 2012

La reforma laboral de febrero de 2012 bajó la indemnización por despido improcedente de 45 a 33 días por año. Pero no lo hizo con efectos retroactivos: si empezaste a trabajar antes del 12 de febrero de 2012, tu indemnización se calcula en dos tramos.

  • Los años trabajados hasta el 11/02/2012 se pagan a 45 días por año.
  • Los años trabajados desde el 12/02/2012 se pagan a 33 días por año.
  • La suma de ambos tramos no puede superar 720 días de salario, salvo que el primer tramo ya pase de 720: entonces manda él, sin pasar de 1.260 días (42 mensualidades).

Es un detalle que muchas empresas «olvidan» al hacer la propuesta. Si llevas más de catorce años en la compañía y te ofrecen una cifra calculada solo a 33 días, es muy probable que la oferta esté por debajo de lo que te corresponde.

Ejemplos calculados

Tres situaciones habituales con el desglose completo para que puedas comparar la tuya.

Caso práctico

Despido improcedente tras 6 años

Administrativa con 28.000 € brutos anuales (2.000 €/mes y dos pagas extra), entrada el 29-9-2020 y despido el 28-9-2026: 6 años justos. La empresa reconoce la improcedencia.

  1. 1.
    Salario diario (28.000 ÷ 365): 76,71 €
  2. 2.
    Días de indemnización (33 × 6): 198 días
  3. 3.
    Cálculo (28.000 × 198 ÷ 365): 15.189,04 €
  4. 4.
    Tope de 24 mensualidades (720 días = 55.232,88 €): No se alcanza

Indemnización por despido improcedente

15.189,04 €

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Caso práctico

Despido objetivo tras 10 años

Técnico de mantenimiento con 24.000 € brutos anuales (2.000 €/mes con las pagas prorrateadas), entrada el 29-9-2016 y despido el 28-9-2026. La empresa alega causas económicas.

  1. 1.
    Salario diario (24.000 ÷ 365): 65,75 €
  2. 2.
    Días de indemnización (20 × 10): 200 días
  3. 3.
    Cálculo (24.000 × 200 ÷ 365): 13.150,68 €
  4. 4.
    Tope de 12 mensualidades (360 días = 23.671,23 €): No se alcanza

Indemnización por despido objetivo

13.150,68 €

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Caso práctico

Antigüedad mixta desde 2008

Comercial con 30.000 € brutos anuales (2.500 €/mes con las pagas prorrateadas), alta el 12-2-2008 y despido improcedente el 11-2-2026: 4 años a 45 días y 14 a 33 días.

  1. 1.
    Salario diario (30.000 ÷ 365): 82,19 €
  2. 2.
    Tramo hasta 2012 (45 × 4): 180 días
  3. 3.
    Tramo desde 2012 (33 × 14): 462 días
  4. 4.
    Total días (180 + 462, por debajo del tope de 720): 642 días
  5. 5.
    Cálculo (30.000 × 642 ÷ 365): 52.767,12 €

Indemnización con antigüedad mixta

52.767,12 €

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IRPF: qué parte está exenta

A diferencia del finiquito, la indemnización por despido no tributa hasta el importe que el Estatuto de los Trabajadores fija como obligatorio, con un tope absoluto de 180.000 € (art. 7.e de la Ley del IRPF).

  • Si tu indemnización es la legal y no supera 180.000 €, la cobras íntegra, sin retención. En el despido improcedente, solo si la improcedencia se reconoce en conciliación o por sentencia.
  • La indemnización por fin de contrato temporal no está exenta: tributa.
  • Si la empresa paga por encima del mínimo legal (por pacto o mejora de convenio), ese exceso sí tributa como rendimiento del trabajo.
  • Al exceso se le puede aplicar una reducción del 30 % cuando la antigüedad supera los 2 años, por tratarse de renta irregular.
  • En la baja voluntaria pactada con indemnización, la cantidad tributa íntegramente: no hay exención porque no existe despido.

El finiquito, en cambio, tributa siempre: salario pendiente, vacaciones y pagas extra son rendimientos del trabajo ordinarios. Puedes verlo en detalle en la comparativa entre finiquito e indemnización.

Plazos y cómo reclamar si no estás de acuerdo

Tienes 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido para impugnarlo. No cuentan sábados, domingos ni festivos, pero el plazo es de caducidad: una vez agotado, el despido queda consolidado aunque fuera improcedente. Antes de decidir, conviene calcular tu indemnización por despido improcedente y comparar la cifra con lo que te ofrece la empresa.

  1. Firma «no conforme». Firmar el finiquito añadiendo «no conforme» acredita que has recibido el documento sin renunciar a reclamar.
  2. Presenta la papeleta de conciliación ante el servicio de mediación de tu comunidad autónoma. Este trámite suspende el plazo de 20 días: se para y, después de la conciliación, sigue con los días que quedaban.
  3. Acto de conciliación. Si hay acuerdo, termina ahí. Si no, se levanta acta de «sin avenencia».
  4. Demanda ante el Juzgado de lo Social en los días hábiles restantes del plazo.

Si la empresa no te paga lo reconocido y entra en insolvencia, el FOGASA puede cubrir parte de la indemnización dentro de los límites legales.

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Comprueba si tu despido está mal calculado

En un despido se discute la diferencia entre 20 y 33 días de salario por año trabajado. En un caso medio son varios miles de euros. Dinos qué ha pasado y te decimos al instante si tu caso tiene recorrido.

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Si después encargas una reclamación, el profesional puede cobrar honorarios y debe explicártelos antes de que contrates.

Recuerda: si te han despedido, solo tienes 20 días hábiles para impugnarlo.