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26 de agosto de 2026
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Equipo laboralista FiniquitoCalculadora
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Días de indemnización según el tipo de despido
La cifra que te corresponde no depende de lo que la empresa quiera pagar, sino de la calificación legal de la extinción. Esta es la tabla que aplica el Estatuto de los Trabajadores en 2026:
| Tipo de extinción | Días por año | Tope |
|---|---|---|
| Despido improcedente | 33 días | 24 mensualidades |
| Despido objetivo | 20 días | 12 mensualidades |
| ERE / despido colectivo | 20 días (mínimo) | 12 mensualidades |
| Fin de contrato temporal | 12 días | Sin tope |
| Despido disciplinario procedente | 0 días | — |
| Baja voluntaria | 0 días | — |
Fuente: arts. 53, 56 y 49.1.c del Estatuto de los Trabajadores.
En un ERE los 20 días son un mínimo legal: el periodo de consultas puede mejorar esa cifra, y en muchos acuerdos se pactan 25, 30 o 33 días por año. Si te han incluido en un ERE, comprueba siempre el acuerdo firmado antes de aceptar la cantidad.
Fórmula del cálculo paso a paso
El cálculo tiene tres pasos y siempre es el mismo, cambie el tipo de despido que cambie:
- Calcula el salario diario. Suma tu salario bruto anual incluyendo la prorrata de las pagas extra y divídelo entre 365. Este es el error más frecuente: mucha gente usa el salario mensual del recibo y se deja fuera las pagas extra, lo que reduce la indemnización de forma notable.
- Calcula la antigüedad en años. Desde la fecha de alta hasta la fecha de efectos del despido. Los periodos inferiores al año se prorratean por meses.
- Multiplica. Salario diario × días por año × años de antigüedad. Después comprueba que el resultado no supere el tope en mensualidades.
Indemnización = (Salario bruto anual ÷ 365) × días/año × años trabajados
Si has encadenado contratos sin interrupción significativa, la antigüedad se cuenta desde el primer contrato, no desde el último. Es una de las diferencias que más dinero mueve y una de las que más se pasan por alto.
Topes legales que limitan tu indemnización
Por muchos años que lleves en la empresa, la indemnización no crece de forma ilimitada. El tope se expresa en mensualidades de salario, no en euros:
- Despido improcedente: 24 mensualidades. Se alcanza aproximadamente a los 22 años de antigüedad con el módulo de 33 días.
- Despido objetivo: 12 mensualidades. Se alcanza en torno a los 18 años con el módulo de 20 días.
- Antigüedad anterior a 2012: el tope sube hasta 42 mensualidades en los supuestos en que se aplica el módulo de 45 días.
La calculadora aplica estos topes automáticamente, así que el resultado que ves ya es la cantidad máxima legal, no una cifra teórica.
El caso especial de la antigüedad anterior a 2012
La reforma laboral de febrero de 2012 bajó la indemnización por despido improcedente de 45 a 33 días por año. Pero no lo hizo con efectos retroactivos: si empezaste a trabajar antes del 12 de febrero de 2012, tu indemnización se calcula en dos tramos.
- Los años trabajados hasta el 11/02/2012 se pagan a 45 días por año.
- Los años trabajados desde el 12/02/2012 se pagan a 33 días por año.
- La suma de ambos tramos no puede superar las 42 mensualidades.
Es un detalle que muchas empresas «olvidan» al hacer la propuesta. Si llevas más de catorce años en la compañía y te ofrecen una cifra calculada solo a 33 días, es muy probable que la oferta esté por debajo de lo que te corresponde.
Ejemplos calculados
Tres situaciones habituales con el desglose completo para que puedas comparar la tuya.
Despido improcedente tras 6 años
Administrativa con 28.000 € brutos anuales y 6 años de antigüedad. La empresa reconoce la improcedencia.
- 1.Salario diario (28.000 ÷ 365): 76,71 €
- 2.Días de indemnización (33 × 6): 198 días
- 3.Cálculo (76,71 × 198): 15.188,58 €
- 4.Tope de 24 mensualidades: No se alcanza
Indemnización por despido improcedente
15.188,58 €
Despido objetivo tras 10 años
Técnico de mantenimiento con 24.000 € brutos anuales. La empresa alega causas económicas.
- 1.Salario diario (24.000 ÷ 365): 65,75 €
- 2.Días de indemnización (20 × 10): 200 días
- 3.Cálculo (65,75 × 200): 13.150,00 €
- 4.Tope de 12 mensualidades (24.000 ÷ 12 × 12): No se alcanza
Indemnización por despido objetivo
13.150,00 €
Antigüedad mixta desde 2008
Comercial con 30.000 € brutos anuales, alta en enero de 2008 y despido improcedente en 2026: 4 años a 45 días y 14 a 33 días.
- 1.Salario diario (30.000 ÷ 365): 82,19 €
- 2.Tramo hasta 2012 (45 × 4): 180 días
- 3.Tramo desde 2012 (33 × 14): 462 días
- 4.Total días (180 + 462): 642 días
- 5.Cálculo (82,19 × 642): 52.765,98 €
Indemnización con antigüedad mixta
52.765,98 €
IRPF: qué parte está exenta
A diferencia del finiquito, la indemnización por despido no tributa hasta el importe que el Estatuto de los Trabajadores fija como obligatorio, con un tope absoluto de 180.000 € (art. 7.e de la Ley del IRPF).
- Si tu indemnización es la legal y no supera 180.000 €, la cobras íntegra, sin retención.
- Si la empresa paga por encima del mínimo legal (por pacto o mejora de convenio), ese exceso sí tributa como rendimiento del trabajo.
- Al exceso se le puede aplicar una reducción del 30 % cuando la antigüedad supera los 2 años, por tratarse de renta irregular.
- En la baja voluntaria pactada con indemnización, la cantidad tributa íntegramente: no hay exención porque no existe despido.
El finiquito, en cambio, tributa siempre: salario pendiente, vacaciones y pagas extra son rendimientos del trabajo ordinarios. Puedes verlo en detalle en la comparativa entre finiquito e indemnización.
Plazos y cómo reclamar si no estás de acuerdo
Tienes 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido para impugnarlo. No cuentan sábados, domingos ni festivos, pero el plazo es de caducidad: una vez agotado, el despido queda consolidado aunque fuera improcedente.
- Firma «no conforme». Firmar el finiquito añadiendo «no conforme» acredita que has recibido el documento sin renunciar a reclamar.
- Presenta la papeleta de conciliación ante el servicio de mediación de tu comunidad autónoma. Este trámite interrumpe el plazo de 20 días.
- Acto de conciliación. Si hay acuerdo, termina ahí. Si no, se levanta acta de «sin avenencia».
- Demanda ante el Juzgado de lo Social en los días hábiles restantes del plazo.
Si la empresa no te paga lo reconocido y entra en insolvencia, el FOGASA puede cubrir parte de la indemnización dentro de los límites legales.
1 pregunta · 5 segundos
¿Qué te ha pasado?
Esto es el paso previo para que un abogado laboralista o una gestoría revise tu caso. Comprobamos antes, y sin pedirte ningún dato personal, si de verdad te conviene.
Recuerda: si te han despedido, solo tienes 20 días hábiles para impugnarlo.