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Periodo de prueba

Finiquito en periodo de prueba 2026

¿Te han cesado en periodo de prueba? No hay indemnización por despido, pero sí finiquito: días trabajados, pagas extra prorrateadas y vacaciones no disfrutadas.

Actualizado

26 de agosto de 2026

Según

Estatuto de los Trabajadores y LGSS

Fuentes

BOE · SEPE · AEAT

Privacidad

Sin registro

¿Qué incluye el finiquito en periodo de prueba?

  • Salario por los días efectivamente trabajados del mes.
  • Parte proporcional de la paga extra de verano.
  • Parte proporcional de la paga extra de Navidad.
  • Vacaciones generadas y no disfrutadas.
  • Cualquier plus o complemento devengado y no pagado.

¿Cuándo el periodo de prueba es nulo?

Si el periodo de prueba es nulo, el cese pasa a ser un despido improcedentey cobras 33 días por año trabajado. Es nulo cuando:

  • Ya habías trabajado antes en el mismo puesto y empresa.
  • Supera la duración máxima fijada por convenio o el ET (6 meses técnicos titulados; 2 meses el resto, o 3 en empresas de menos de 25 trabajadores; 1 mes en temporales de hasta 6 meses).
  • No consta por escrito en el contrato.
  • Se usa como represalia tras ejercer un derecho (libertad sindical, queja, etc.); en ese caso el cese puede ser incluso nulo.

Plazo: 20 días hábiles para reclamar

Si crees que tu periodo de prueba era nulo, tienes 20 días hábiles desde el cese para presentar papeleta de conciliación.

¿Y si el periodo de prueba era nulo? Calcula la indemnización