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5 min lecturaFebrero 2026

Baja voluntaria: qué te corresponde en el finiquito

Cuando decides dejar tu trabajo de forma voluntaria, también tienes derecho a recibir un finiquito. Sin embargo, hay diferencias importantes respecto a otros tipos de extinción.

Tus derechos en la baja voluntaria

Cuando comunicas tu dimisión, tienes derecho a: salario de los días trabajados, vacaciones no disfrutadas, pagas extra proporcionales y cualquier otro concepto salarial devengado.

No te corresponde: indemnización por despido (no hay despido) ni prestación por desempleo (salvo excepciones).

Es importante que la baja sea genuinamente voluntaria. Si dejas el trabajo por modificación sustancial de condiciones, podría considerarse una extinción con derecho a indemnización.

Obligación de preaviso

El trabajador debe comunicar su baja con la antelación establecida en el convenio colectivo. Habitualmente: 15 días naturales para empleados, 1 mes para técnicos y mandos.

Si no preavisas, la empresa puede descontarte del finiquito los días de preaviso incumplidos.

Es recomendable comunicar la baja por escrito (carta de dimisión), fechada y firmada, entregando una copia a la empresa.

¿Tengo derecho a paro?

Regla general: No. La baja voluntaria no da derecho a la prestación por desempleo.

Excepciones: Traslado del centro de trabajo, modificación sustancial de condiciones, falta de pago o retrasos continuados, incumplimiento grave de la empresa.

Si encuentras otro trabajo después y ese nuevo trabajo termina por despido o fin de contrato, sí podrás acceder al paro si cumples los requisitos.

Preguntas frecuentes

Aviso importante

Esta guía tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento legal. Para casos complejos, consulta con un profesional.

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