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5 min lecturaAgosto 2026

Vacaciones no disfrutadas finiquito 2026: calcula

Te pagan todos los días de vacaciones generados y no disfrutados: unos 2,5 días por cada mes trabajado, valorados a lo que cobras por día de sueldo (sueldo mensual ÷ 30). Si te vas el 31 de marzo sin haber cogido vacaciones, la empresa te debe 7,5 días de salario en el finiquito.

Tu derecho a vacaciones

Todo empleado tiene derecho a un mínimo de 30 días naturales de vacaciones anuales (art. 38 ET; 22 días laborables es la equivalencia habitual, pero la ley habla de días naturales). Este derecho se genera día a día, proporcionalmente al tiempo trabajado.

Las vacaciones no pueden compensarse económicamente... excepto cuando la relación laboral termina. En ese momento, si te quedan días pendientes, la empresa debe pagarlos.

Si has disfrutado más vacaciones de las generadas, la empresa puede descontártelas del finiquito.

Lectura recomendada

Cómo calcular el finiquito

Consulta esta guía para ampliar la información y conocer todos los detalles legales y ejemplos prácticos.

Leer guía

Cálculo proporcional de vacaciones

Fórmula: Días pendientes = Días generados - Días disfrutados

Días generados = vacaciones anuales × días trabajados en el año ÷ 365, redondeado a medios días

Compensación = Días pendientes × Salario diario

Ejemplo: 30 días anuales, baja el 31 de marzo (90 días trabajados en el año), 0 vacaciones disfrutadas, sueldo de 2.000 € al mes. Días generados: 30 × 90 ÷ 365 = 7,40, redondeados a 7,5. Compensación: 7,5 × (2.000 € ÷ 30) = 500,00 €

Casos especiales

Baja por enfermedad: También generas vacaciones durante la IT. Tienes derecho a disfrutarlas o cobrarlas.

Permiso de maternidad/paternidad: El permiso no consume vacaciones. Sigues generándolas.

Contratos a tiempo parcial: Las vacaciones se calculan igual, pero el salario diario es proporcional a tu jornada.

Preguntas frecuentes

Aviso importante

Esta guía tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento legal. Para casos complejos, consulta con un profesional.

Equipo editorial FiniquitoCalculadora

Actualizada

Basada en la ley publicada

Guía redactada a partir del Estatuto de los Trabajadores y el BOE. No sustituye el consejo de un profesional sobre tu caso. Última actualización: Agosto 2026.

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