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5 min lecturaMarzo 2026

Finiquito y excedencia: ¿qué pasa con tu liquidación?

La excedencia suspende el contrato pero no lo extingue. Te explicamos qué ocurre con el finiquito en cada tipo de excedencia.

Tipos de excedencia

Excedencia voluntaria: Para trabajadores con al menos 1 año de antigüedad. Duración de 4 meses a 5 años. No hay reserva de puesto (solo preferencia de reingreso).

Excedencia por cuidado de hijos: Hasta 3 años desde el nacimiento. Reserva de puesto el primer año, preferencia de reingreso después.

Excedencia por cuidado de familiar: Hasta 2 años. Reserva de puesto el primer año.

Excedencia forzosa: Por cargo público o sindical. Reserva de puesto completa.

¿Se cobra finiquito al pedir excedencia?

Al solicitar excedencia NO se cobra finiquito completo, ya que el contrato no se extingue, solo se suspende.

Sin embargo, sí te corresponden: vacaciones no disfrutadas hasta la fecha de inicio de la excedencia y pagas extra proporcionales hasta esa fecha.

No dejas de pertenecer a la empresa, así que no hay liquidación definitiva ni indemnización.

¿Qué pasa si no me readmiten?

Si al solicitar reingreso la empresa no tiene vacante (excedencia voluntaria), puedes quedarte en situación de excedente voluntario sin finiquito.

Si la empresa niega el reingreso cuando tienes reserva de puesto, puedes reclamar judicialmente. Si ganas, la empresa deberá readmitirte con salarios de tramitación.

Si finalmente se extingue el contrato por no readmisión, ahí sí tendrías derecho al finiquito completo con posible indemnización.

Preguntas frecuentes

Aviso importante

Esta guía tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento legal. Para casos complejos, consulta con un profesional.

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