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5 min lecturaMarzo 2026

Finiquito del autónomo TRADE: derechos y compensación

Los autónomos económicamente dependientes (TRADE) tienen protecciones especiales cuando el cliente principal rescinde la relación. Te explicamos qué te corresponde.

¿Qué es un autónomo TRADE?

El autónomo TRADE es aquel que factura al menos el 75% de sus ingresos a un solo cliente.

Tiene un contrato mercantil registrado en el SEPE y un régimen jurídico especial regulado por la Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo.

Aunque no tiene relación laboral, goza de protecciones similares al trabajador por cuenta ajena en ciertos aspectos.

Extinción del contrato del TRADE

Si el cliente rescinde el contrato sin justa causa, debe indemnizar al TRADE con la cantidad pactada en el contrato.

Si no hay pacto, se aplica la indemnización por daños y perjuicios determinada judicialmente.

El TRADE tiene derecho a un preaviso mínimo de 30 días (contratos de más de 1 año) o lo pactado.

Además, debe liquidarse cualquier factura pendiente de pago.

Liquidación del TRADE

La liquidación del TRADE incluye: facturas pendientes de cobro, trabajos realizados pendientes de facturar, e indemnización por extinción.

No hay concepto de vacaciones ni pagas extra, ya que son conceptos propios de la relación laboral.

Si el cliente no paga, el TRADE puede reclamar ante los Juzgados de lo Social (no los civiles).

Preguntas frecuentes

Aviso importante

Esta guía tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento legal. Para casos complejos, consulta con un profesional.

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