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5 min lecturaAgosto 2026

Finiquito de interinidad 2026: sin indemnización, sí paga

En el contrato de interinidad o sustitución no hay indemnización por fin de contrato: cuando vuelve la persona sustituida cobras únicamente el finiquito (salario pendiente, vacaciones no disfrutadas y la parte proporcional de las pagas extra). Si te despiden antes sin causa, el despido puede ser improcedente y darte 33 días por año.

El contrato de sustitución

El contrato de sustitución sustituye al antiguo contrato de interinidad tras la reforma laboral de 2022.

Se utiliza para sustituir a trabajadores con derecho a reserva de puesto de trabajo (baja médica, maternidad, excedencia, etc.).

La duración coincide con el periodo de ausencia del trabajador sustituido, o puede establecerse un plazo cierto.

Lectura recomendada

Contrato temporal

Consulta esta guía para ampliar la información y conocer todos los detalles legales y ejemplos prácticos.

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Finiquito al finalizar el contrato

Cuando se reincorpora el trabajador sustituido, tu contrato finaliza automáticamente.

Tienes derecho a: salario pendiente, vacaciones no disfrutadas y pagas extra proporcionales.

Los contratos de sustitución NO generan indemnización por fin de contrato (a diferencia de los temporales ordinarios).

Si la empresa te despide antes de que se reincorpore el titular, podría ser despido improcedente.

Casos especiales

Si el trabajador sustituido no vuelve (renuncia, jubilación), la empresa puede amortizar la plaza o convertir tu contrato en indefinido.

Si el contrato se usa para algo que no es una sustitución real (por ejemplo, cubrir un puesto fijo sin nadie a quien sustituir), puede considerarse en fraude de ley y pasar a indefinido.

En la Administración Pública, los interinos tienen reglas específicas y mayor protección.

Preguntas frecuentes

Aviso importante

Esta guía tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento legal. Para casos complejos, consulta con un profesional.

Equipo editorial FiniquitoCalculadora

Actualizada

Basada en la ley publicada

Guía redactada a partir del Estatuto de los Trabajadores y el BOE. No sustituye el consejo de un profesional sobre tu caso. Última actualización: Agosto 2026.

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