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6 min lecturaFebrero 2026

Finiquito por despido procedente: qué te corresponde

El despido disciplinario procedente tiene consecuencias específicas para el finiquito. Te explicamos qué te corresponde y qué no en esta situación.

¿Qué es el despido procedente?

El despido disciplinario procedente es aquel en el que el empresario puede demostrar que el trabajador ha cometido una falta grave o muy grave según el convenio colectivo o el Estatuto de los Trabajadores.

Para que sea procedente, debe cumplir requisitos formales: carta de despido detallando los hechos, fechas y motivos, y entregarse dentro del plazo establecido.

Las causas más habituales son: faltas de asistencia injustificadas, indisciplina, ofensas verbales o físicas, transgresión de la buena fe contractual, o disminución continuada del rendimiento.

¿Qué incluye el finiquito?

En el despido procedente tienes derecho al finiquito completo: salario de los días trabajados, vacaciones no disfrutadas y pagas extra proporcionales.

Sin embargo, NO tienes derecho a indemnización por despido, ya que se considera que el trabajador es responsable de la extinción del contrato.

El finiquito se debe pagar en el momento del despido junto con la carta y la documentación correspondiente.

¿Puedo impugnar el despido?

Sí, tienes 20 días hábiles desde la comunicación del despido para impugnarlo ante el SMAC y posteriormente en el Juzgado de lo Social.

Si el juez declara el despido improcedente, la empresa deberá readmitirte o pagar la indemnización correspondiente (33 días por año trabajado).

Impugnar no te impide cobrar el finiquito, pero debes firmarlo 'no conforme' si no estás de acuerdo.

Preguntas frecuentes

Aviso importante

Esta guía tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento legal. Para casos complejos, consulta con un profesional.

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