Un despido es colectivo (ERE) cuando en 90 días afecta a un mínimo de trabajadores que depende del tamaño de la empresa, o a toda la plantilla si son más de cinco (art. 51.1 ET). El proceso y los derechos son diferentes al despido individual.
¿Qué es un ERE?
El Expediente de Regulación de Empleo (ERE) es un procedimiento para despidos masivos motivados por causas económicas, técnicas, organizativas o productivas (ETOP).
Se activa cuando la empresa despide:
- 10+ trabajadores en empresas de menos de 100.
- 10% en empresas de 100 a 300.
- 30+ trabajadores en empresas de más de 300.
Indemnización en un ERE
La indemnización mínima legal en un ERE es de 20 días por año trabajado (igual que el despido objetivo individual).
Sin embargo, en la negociación del periodo de consultas suelen mejorarlas:
- Más días por año: es frecuente pactar más de los 20 legales; cuántos, depende de cada negociación.
- Prejubilaciones: Complemento hasta la jubilación para mayores de 55.
El finiquito en un ERE
El finiquito se calcula igual que en un despido individual: salario pendiente, vacaciones no disfrutadas y pagas extra proporcionales.
Además, pueden incluir mejoras negociadas:
- Plan de acompañamiento social: Outplacement, formación.
- Indemnización complementaria: Sobre la mínima de 20 días.
- Convenios especiales con la Seguridad Social: Para que sigas cotizando.
Tus derechos durante el ERE
- Tienes derecho a toda la información del proceso.
- Los representantes de los trabajadores negocian en tu nombre.
- Puedes impugnar individualmente tu despido si consideras que no te afectaban las causas.
- El despido colectivo da derecho al paro si cumples los requisitos de cotización (empieza a contar tras las vacaciones pagadas y no disfrutadas).