Finiquito por baja voluntaria
Cuando dejas tu empresa voluntariamente, no tienes derecho a indemnización ni a paro, pero sí al finiquito completo: salario, vacaciones y pagas extra.
Actualizado: enero de 2026 · Revisado por nuestro equipo legal
Actualizado
1 de enero de 2026
Revisado por
Equipo laboralista FiniquitoCalculadora
Fuentes
BOE · SEPE · AEAT
Privacidad
Sin registro · 100% local
- Sin indemnización por despido.
- Sin derecho a prestación contributiva por paro.
- Sí derecho al finiquito completo.
- Preaviso típico: 15 días (consulta tu convenio).
Conceptos que sí te corresponden
Salario de los días trabajados del mes en curso, días de vacaciones no disfrutadas (a tu salario diario) y la parte proporcional de las pagas extras si no estaban prorrateadas en tu nómina mensual.
Preaviso y consecuencias de no avisar
La mayoría de convenios exigen 15 días de preaviso. Si no lo cumples, la empresa puede descontarte del finiquito el equivalente a los días no preavisados.
¿Y el paro?
Al ser una baja voluntaria, no generas derecho a la prestación contributiva por desempleo. Solo podrás solicitarla si pasados al menos 3 meses encadenas un nuevo trabajo y posterior despido.
Modelo de carta de baja voluntaria
Debe constar por escrito, con tu nombre y DNI, datos de la empresa, fecha de efectos (respetando el preaviso) y firma. Conserva una copia firmada por la empresa o envíala por burofax con acuse de recibo. Tenemos un generador de cartas gratuito que te crea el modelo en 30 segundos.
Casos en los que SÍ tendrías derecho a paro
- Acoso laboral o sexual probado.
- Modificación sustancial de condiciones (jornada, salario, funciones) que justifique extinción.
- Impago o retrasos continuados en el salario (más de 3 meses).
- Traslado geográfico que exija cambio de residencia.
Conceptos del finiquito por baja voluntaria
| Concepto | ¿Te corresponde? | Cómo se calcula |
|---|---|---|
| Salario pendiente del mes | Sí | Salario diario × días trabajados |
| Vacaciones no disfrutadas | Sí | Salario diario × días pendientes |
| Pagas extras prorrateadas | Sí, si no estaban prorrateadas | Proporcional al periodo devengado |
| Indemnización | No | — |
| Paro | No (con excepciones) | — |
Caso real: Carlos deja la empresa tras 3 años
Programador con salario bruto anual de 36.000 € (12 pagas prorrateadas). Comunica baja el 12 del mes y trabaja hasta fin de mes.
- 1Salario mensual prorrateado3.000 €
- 2Salario diario100 €
- 3Salario del mes (días trabajados)Ya cobrado en nómina
- 4Vacaciones pendientes (15 días)100 × 15 = 1.500 €
Finiquito: 1.500 € (sin indemnización, sin paro).
Fuentes legales
Preguntas frecuentes
Guías relacionadas
Otras calculadoras útiles
Calcula ahora gratis y sin registro
Resultado inmediato, 100% privado y actualizado a la normativa de 2026.